Compromiso contra la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes (ESNNA)
En cumplimiento de la Ley N.º 28251 – Ley contra el abuso y la explotación sexual, que tipifica los delitos relacionados con la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el ámbito del turismo, Ausangate Guide asume los compromisos mínimos obligatorios que deben observar todos los prestadores de servicios turísticos.
Con el objetivo de prevenir y contrarrestar la explotación sexual de menores en viajes y turismo, nuestra empresa adopta un Código de Conducta que será observado por representantes legales, directores, administradores, empleados y contratistas vinculados a la prestación de servicios turísticos.
Nuestros deberes y compromisos con el Código ESNNA
Rechazo absoluto a la ESNNA: No promovemos ni permitimos la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en nuestros servicios, manteniendo una política firme de rechazo frente a cualquier forma de abuso, ya sea por turistas nacionales o extranjeros, otros prestadores de servicios o personas vinculadas a nuestra empresa.
No vinculación con actividades ilícitas: Nos abstenemos de incluir en programas, tours o servicios situaciones relacionadas con la ESNNA, así como de conducir a turistas, directa o indirectamente, a establecimientos o lugares donde se practique dicha explotación.
Capacitación y sensibilización: Organizamos talleres e informamos a nuestro equipo profesional, así como a instituciones relacionadas con nuestra actividad, sobre leyes, normas y políticas internas de prevención de la ESNNA.
Difusión de información preventiva: Distribuimos material informativo a nuestros clientes y público interesado para promover la prevención de la explotación sexual infantil en el turismo.
Símbolos visibles de rechazo: Mantenemos señalética y símbolos en nuestros espacios y servicios que reflejan nuestra posición firme contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes.
Denuncia inmediata: Reportamos de forma inmediata ante las autoridades competentes cualquier hecho vinculado con la ESNNA del cual tengamos conocimiento en el ejercicio de nuestras actividades.
Cláusula contractual con proveedores: Incluimos en los contratos con nuestros proveedores la siguiente declaración: “El turismo promueve una niñez y adolescencia libre de explotación sexual. Por lo tanto, no aceptamos ningún acto que favorezca la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes.”
Cumplimiento íntegro del Código de Conducta: Observamos y aplicamos todas las disposiciones establecidas en nuestro Código de Conducta contra la ESNNA en el ámbito del turismo.